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Cobros

Plazo de pago de una factura: qué dice la ley en España

Plazo de pago de una factura entre empresas según la Ley 3/2004: 30 días por defecto, 60 como máximo pactado. Cómo ponerlo en tu factura y qué hacer si se pasa.

Publicado 7 min de lectura

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«Pago a 30 días» parece una frase clara hasta que tu cliente y tú la leéis de forma distinta. ¿Treinta días desde que le mandaste la factura, desde que terminaste el trabajo o desde que su departamento de compras la dio por buena? En España existe una ley que responde a esa pregunta, y también pone un tope a lo que puede pactarse. Esta guía explica qué dice, cómo escribir el plazo en tu factura y qué margen tienes cuando el cliente se pasa de fecha.

La respuesta corta: 30 días, y 60 como tope pactado

La Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, regula el plazo de pago entre empresas y autónomos. Su artículo 4 dice que, si el contrato no fija fecha ni plazo, el deudor debe pagar a los treinta días naturales de recibir las mercancías o de que se le preste el servicio, aunque la factura le haya llegado antes. Las partes pueden pactar un plazo más largo, pero «en ningún caso» superior a 60 días naturales. Es decir: 30 por defecto, 60 como máximo.

Dos matices que se olvidan. El primero: la ley habla de días naturales, así que cuentan sábados, domingos y festivos. El segundo: el plazo no cuenta desde la fecha que figure en tu factura, sino desde la entrega o la prestación del servicio. Por eso la misma ley obliga al proveedor a hacer llegar la factura antes de que pasen quince días naturales desde esa fecha. Si facturas tarde, no solo cobras tarde: incumples una obligación que luego puede restarte argumentos.

Cómo contar el plazo con un ejemplo

Terminas un proyecto el 2 de noviembre de 2026 y el cliente lo recibe ese día. Emites la factura el mismo día y no habéis pactado nada sobre el pago.

SituaciónFecha límite de pago
Sin pacto en el contrato (30 días naturales por ley)02/12/2026
Pactado «30 días fecha factura»02/12/2026
Pactado «60 días fecha factura» (el máximo)01/01/2027
Pactado «90 días» (más de 60)La ley no ampara ese pacto: el tope es 60

Si el contrato establece un procedimiento de aceptación o comprobación de la conformidad del trabajo, este no puede durar más de treinta días naturales desde la entrega, y el plazo de pago es de treinta días a partir de la aceptación (artículo 4.2). También conviene saber que, cuando el contrato sí fija plazo, recibir la factura por medios electrónicos hace que empiece a contar, siempre que estén garantizadas la identidad de quien la firma, la integridad de la factura y su recepción por el cliente. Por eso interesa conservar el correo con el que la enviaste. En la guía sobre cómo enviar una factura por email tienes los detalles.

Cómo escribir las condiciones de pago en tu factura

Lo que no se escribe se interpreta, y entonces manda el criterio del cliente, que suele ser el más largo. Pon tres cosas en la factura y en el presupuesto: la fecha de vencimiento en formato de fecha, la forma de pago con el IBAN o el enlace de pago, y el concepto que debe usar la transferencia. Una frase basta: «Vencimiento: 02/12/2026. Pago por transferencia al IBAN indicado, indicando el número de factura».

  • Pago a la vista o al contado: se paga al recibir la factura. Es lo normal en anticipos y trabajos pequeños.
  • 30 días fecha factura: es el estándar entre autónomos y pymes, y coincide con el plazo legal por defecto.
  • 60 días: el máximo legal que se puede pactar. Antes de aceptarlo, calcula cuántos días reales de caja te supone.
  • Por hitos: porcentaje en el encargo, otro en la entrega intermedia y el resto al terminar. Es el formato ideal para proyectos largos.
  • Pronto pago: un descuento, por ejemplo un 2 %, si te pagan antes. Funciona con quien tiene tesorería y quiere ahorrar, pero haz bien las cuentas antes: un 2 % por pagar 20 días antes equivale a un tipo anual superior al 35 %.

¿Qué plazo te conviene elegir? El más corto que tu cliente acepte. Si no tienes fuerza para imponer 30, pide un anticipo para cubrir el riesgo (tienes una guía sobre cómo pedir un anticipo a un cliente) y no cierres con 60 sin necesidad.

Qué pasa cuando el cliente se pasa de fecha

La ley protege al acreedor con dos mecanismos automáticos. El artículo 5 establece que el deudor incurre en mora «por el mero incumplimiento del pago» en el plazo pactado o legal, sin necesidad de aviso de vencimiento ni intimación del acreedor. Y los artículos 7 y 8 fijan las consecuencias: intereses de demora y una indemnización fija de 40 euros por costes de cobro. Para el segundo semestre de 2026, el tipo legal de interés de demora es del 10,40 %: el 2,40 % del Banco Central Europeo en su última operación principal de financiación del semestre anterior más ocho puntos porcentuales, según la resolución publicada en el BOE el 1 de julio de 2026. El tipo se publica cada semestre.

Los intereses solo corren si has cumplido tus obligaciones (artículo 6): entregado el trabajo y facturado en forma. Si el cliente prueba que la mora no es culpa suya, tampoco debe los 40 euros. Cómo se calculan y cómo reclamarlos lo detallamos en la guía sobre intereses de demora y costes de cobro. Antes de llegar ahí, lo más práctico es un recordatorio: mira cómo reclamar el pago de una factura con educación.

Un pacto de pago abusivo no te obliga

El artículo 9 de la Ley 3/2004 declara nula una cláusula o práctica sobre fecha o plazo de pago, tipo de interés de demora o compensación por costes de cobro cuando resulte «manifiestamente abusiva» en perjuicio del acreedor, teniendo en cuenta todas las circunstancias. Un cliente que te impone en sus condiciones generales 120 días de pago o la renuncia a los intereses no te tiene atado solo porque lo hayas firmado. Eso no significa que debas pelear cada pacto: significa que, si firmaste algo a regañadientes, puede valer menos de lo que parece. Para un caso real, consulta con un abogado.

Errores frecuentes con los plazos de pago

  • No escribir nada sobre el pago en el presupuesto ni en la factura y confiar en que «ya se entiende».
  • Contar los días desde la fecha de la factura cuando la ley y muchos contratos lo hacen desde la entrega.
  • Emitir la factura semanas después de terminar. Con la Ley 3/2004 tienes quince días naturales y, además, el Reglamento de facturación (art. 11) te exige emitirla antes del día 16 del mes siguiente si el cliente es profesional.
  • Aceptar «60 días» sin saber que el reloj puede empezar a contar solo cuando el cliente da su visto bueno.
  • Pensar que cobrar intereses exige mandar antes un burofax. La mora es automática; otra cosa es cómo prefieras reclamarla.
  • No apuntar el vencimiento en el calendario. El mejor recordatorio es el que tú mismo programas.

Si emites tus facturas con QuickBilling, pones la fecha de vencimiento y los datos de pago (IBAN o enlace de pago) en el PDF y en la página compartida. Puedes activar un recordatorio opcional para cada factura enviada por el email de QuickBilling. Es una ayuda para no olvidarte de los plazos, no un sustituto de una buena redacción de las condiciones. Los detalles están en la página de facturación.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días tiene un cliente para pagar una factura?

Si no se ha pactado otro plazo, treinta días naturales desde la entrega de la mercancía o la prestación del servicio (artículo 4 de la Ley 3/2004). Las partes pueden acordar uno más largo, pero nunca superior a sesenta días naturales. La ley se aplica a las operaciones entre empresas, no a las que tienen consumidores.

¿Cuál es el plazo máximo de pago entre empresas?

Sesenta días naturales. Es el límite que establece el artículo 4.3 de la Ley 3/2004 para los plazos pactados entre las partes. Cuentan todos los días, incluidos festivos y fines de semana.

¿Desde cuándo se cuenta el plazo de pago de una factura?

Cuando no hay plazo pactado, desde la fecha de recepción de las mercancías o de la prestación del servicio, aunque la factura haya llegado antes. Si hay un procedimiento de aceptación o comprobación, desde la aceptación, y ese procedimiento no puede exceder de treinta días. Por eso conviene facturar pronto y guardar la prueba de entrega.

¿Qué pasa si el cliente paga después del plazo?

Incurre en mora automáticamente, sin necesidad de aviso (artículo 5). Tienes derecho a intereses de demora, que en el segundo semestre de 2026 son del 10,40 % anual, y a una cantidad fija de 40 euros por costes de cobro, siempre que hayas cumplido tus obligaciones y la demora sea imputable al deudor.

¿Puedo pactar un plazo de pago de 90 días?

La ley dice que no puede acordarse un plazo superior a sesenta días naturales. Una cláusula que lo supere, o que resulte manifiestamente abusiva para el acreedor, puede ser nula (artículos 4 y 9 de la Ley 3/2004). Un abogado puede decirte qué margen tienes en tu contrato concreto.

¿Qué plazo de pago debo poner en mi factura?

Escribe una fecha de vencimiento concreta y la forma de pago. Lo más habitual es 30 días, que además es el plazo legal por defecto. Si acuerdas algo diferente, que conste en el presupuesto o en el contrato y que no supere los sesenta días.

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